Los cambios en el examen de la barra de Louisiana en 2012 Publicado el 19 de enero 2011

NAFA GRADUACION 3

De: About John Radziewicz

Los cambios en el examen de la barra de Louisiana en 2012 Publicado el 19 de enero 2011

Si usted está planeando tomar el examen de la barra de Louisiana en cualquier momento después de la primera parte del año en 2012, este artículo es para usted. El Colegio de Abogados de Louisiana y Corte Suprema de Luisiana ha pedido a las opiniones de los abogados sobre los cambios propuestos al inicio examen de la barra con el examen de febrero de 2012. Este artículo no es con el fin de airear trapos sucios, sino para dar mi opinión a un público más amplio y dar a conocer la importancia de este tema. Invito a todos los abogados para comentar o proporcionar la LASC con sus opiniones. Si usted está interesado, por favor vea el enlace en la página web LASC.

En primer lugar, vamos a rellenar en el actual formato del examen. El bar LA consisten en 9 partes que comprenden aproximadamente 21.5 horas de la escritura del ensayo. Hay 5 temas de código y cuatro temas de no código. Temas códigos se refieren a los temas del Código Civil de Luisiana y no de código se refieren a temas que existen en el código, pero se ponen a prueba sobre la base de las normas federales / nacionales. Cada día, tres partes del examen son administrados y no hay un día de descanso entre cada día de la prueba. Sin entrar en el de las tuercas y los pernos del examen en sí, tiene que pasar 7 de las 9 secciones de la barra y pasar al menos 4 de las secciones de código para pasar. Una calificación de aprobado en cada parte individual es 70/100. Si no estás conmigo, por favor consulte a la Comisión de Louisiana en la página web de Admisiones Bar por encima o por Wikipedia.

Louisiana en la actualidad tiene una opción llamada “condicionamiento”. Con el fin de la condición del Bar, el solicitante debe pasar al menos 5 de los 9 sectores de la barra. Cuando estado y volver a tomar el examen de barra, que sólo están obligados a volver a tomar las secciones que no aprobaron. Recuerde que desde arriba, que a fin de pasar sólo tendrá que pasar 7 de 9 secciones. Por lo tanto, los transeúntes condicionales [y extranjeros] sólo tienen que pasar dos de los exámenes del fracasado previamente. En los casos en que un solicitante acondicionado con 6 motivos que pasan, sólo tienen que pasar una.

Para aquellos de ustedes que se preguntan … que puede fallar el examen de la barra de Louisiana. Los solicitantes que fallan 5 o más secciones de la barra debe retomar el examen completo, independientemente de su condición de aprobación para los sujetos individuales. Es cierto, hay una miríada de formas en que un solicitante puede pasar, no, o condición, así que de nuevo me remito a la página web de la Comisión o la Wikipedia

http://crescentcitylawfirm.wordpress.com/2011/01/19/changes-to-the-louisiana-bar-exam-in-2012/ 

Práctica no autorizada de la ley de inmigración. El ingreso a ejercer la abogacía.

Práctica no autorizada de la ley de inmigración en el Contexto de la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Sperry v. Florida.

Casos, precedentes, y reglas.

La práctica no autorizada de la ley de inmigración ha sido un problema continuo y creciente durante las últimas décadas en los Estados Unidos. Existen numerosos comentarios y publicaciones en la comunidad legal sobre personas no autorizadas a la práctica del derecho por los mal llamados “notarios públicos”, comúnmente conocidos como “notarios” y otros consultores de inmigración.

La practica, sin embargo, de la ley de inmigración de abogados con licencia de fuera del estado o abogados consultores extranjeros no ha recibido ninguna atención sustancial durante años.

Por lo tanto, la pregunta es: ¿qué significa ser un abogado admitido para ejercer y qué constituye la práctica no autorizada de la ley por un abogado con licencia?

El tipo de abogados con licencia en los que nos enfocamos aquí son aquellos que se mudan del estado o territorio en el que son admitidos y luego establecen su práctica legal a otro estado o territorio, concentrándose en el campo de la ley de inmigración en Estados Unidos.

Estos abogados confían en que esto es aceptable, basándose en gran parte en la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el precedente caso Sperry v. Florida, cual tiene y permite su práctica de inmigración siempre y cuando practiquen la ley federal “puramente”.

El argumento es que, dado que limitan su práctica a la ley federal de inmigración, no es necesario convertirse en miembros del colegio de abogados en otro estado- un caso en curso y extremadamente significativo fue en Nueva Jersey contra una abogada brasileña FLC, Norka Schell. Este caso ejemplifica el problema de los abogados extranjeros que participan en la práctica no autorizada de Ley de inmigración.VER OFICINA DE NORKA SCHELL – INGLES- ESPAÑOL- PORTUGUES: https://www.lawschell.com/

El caso también destaca la falla del sistema legal para regular la práctica no autorizada de la ley. La Sra. Schell es una abogada consultora legal extranjera acreditada por la Corte Suprema de Nueva Jersey y se le permite representar Clientes en Nueva Jersey únicamente al brindar asesoramiento legal sobre la ley brasileña, el país donde tiene licencia. Sin embargo, la Sra. Schell se había involucrado en práctica legal de inmigración por más de diez años, y se consideraba no autorizada.

En su sitio Web, la Sra. Schell indica que ofrece servicios relacionados con la ley de inmigración de los EE. UU. Que, según los funcionarios del bar de Nueve Jersey, va más allá de lo que es autorizado para practicar FLC. Hasta la fecha, no se han presentado cargos de práctica no autorizada contra la Sra. Schell, y no se le ha prohibido proporcionar servicios relacionados con la inmigración. Todo esto basado en sus alegatos de la práctica federal bajo el precedente Sperry v. Florida, y bajo 8 C.F.R. Sección 292.1 -3: Quién puede practicar. El Código de Regulaciones Federales (CFR).

ANÁLISIS.

Los problemas relacionados con la práctica no autorizada de la ley discutida anteriormente plantean preguntas sobre las normas éticas de los estados. La justificación utilizada por los abogados de inmigración con licencia en un estado exterior pero luego procede a vivir físicamente y practicar leyes en otro estado, por lo que no tienen licencia y practican sin la ayuda de un abogado con licencia en ese estado, surge de los EE. UU. Decisión de la Corte Suprema Sperry v. Florida.

Sperry v. Florida. La controversia sobre la práctica no autorizada del derecho fue el énfasis de esta decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos 1963.

El Sr. Alexander T. Sperry (Sperry), un no abogado, ejerció el derecho intelectual de patentes y marcas registradas en la ciudad de Tampa, Florida, sin tener admisión al Colegio de Abogados de Florida ni a ningún otra barra de abogados de algún estado.  Sperry, sin embargo, tenía la licencia para ejercer ante la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. (USPTO). El Colegio de Abogados de Florida trató de prohibir la práctica, representación y servicios legales de Sperry alegando que constituía una práctica legal no autorizada.

El Tribunal Supremo de Florida no cuestionó la determinación de que, según la ley de Florida, la preparación, representación y el enjuiciamiento de solicitudes de patentes para terceros constituía la práctica no autorizada de la ley.

Sin embargo, en la Corte Suprema de Estados Unidos, en la decisión emitida por el Presidente del Tribunal Supremo Honorable Warren, el Tribunal declaró que, aunque Florida tiene un interés sustancial en regular la práctica de la ley dentro del Estado, no podría válidamente prohibir esta “Práctica” porque el Congreso estipuló la Agencia Federal y “el Comisionado de Patentes‘ puede prescribir regulaciones que rijan el reconocimiento, licencia y la conducta de agentes, abogados u otras personas que representan a clientes solicitantes u otras partes ante la oficina de patentes y marcas registradas”. Por lo tanto, la ley estatal debe “ceder” cuando es incompatible con la ley federal.

La decisión del Tribunal en este caso Sperry proporciona una importante explicación sobre la prohibición de la práctica no autorizada de la ley.

El caso Sperry sugiere que la práctica no autorizada de las leyes y normas de un Estado no puede obstruir el derecho de un individuo a practicar si dicha práctica está autorizada por la ley federal.

Así, por virtud de la Cláusula de Supremacía de la Constitución de los EE. UU. la ley federal que autorizaba la práctica ante la USPTO [agencias federales] era superior a la ley estatal no autorizada de la práctica legal de Florida y, por lo tanto, la ley estatal de Florida no tenía derecho a obstaculizar o interferir con el estatuto federal en juego.

La decisión de Sperry influyó en varios grupos de personas que buscaban practicar ante agencias federales. Algunos de estos grupos han argumentado que la decisión de Sperry significa que un abogado con licencia fuera del estado puede practicar la ley federal si su práctica federal está claramente cubierta por la agencia federal al autorizar un lenguaje y practica similar a los estatutos de la oficina federal de patentes discutidos en el caso Sperry.

Sin embargo, la “excepción de práctica federal” de Sperry a las reglas de práctica no autorizadas se ha limitado a los hechos de ese caso y se aplica solo donde hay un estatuto federal de una agencia federal que autoriza específicamente dicha práctica.

Por lo tanto, para demostrar el efecto de la decisión de Sperry en el área de la ley de inmigración, debemos examinar el estatuto federal que rige quién puede practicar la ley de inmigración.

CFR 8 C.F.R. Sección 292.1: Quién puede practicar El Código de Regulaciones Federales (CFR) se creó como un conjunto de reglas prácticas y de procedimiento para quienes comparezcan ante las agencias federales. El CFR describe una amplia gama de representantes autorizados quien puede comparecer ante el Departamento de Seguridad Nacional y los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), así como ante el Departamento de Justicia, ante la Aduana y la Patrulla Fronteriza de los EE. UU. (CBP) y la Aduana de Inmigración de los EE. UU. (ICE).

La representación permitida incluye lo siguiente: (1) abogados con licencia para ejercer la abogacía en cualquier estado de los Estados Unidos y Territorios; (2) estudiantes de derecho y graduados de derecho; (3) personas de buena reputación; (4) representantes acreditados; (5) funcionarios acreditados; y (6) abogados extranjeros.

Sin embargo, el CFR establece ciertas restricciones para los no abogados en cuanto al establecimiento de la práctica de inmigración y la remuneración por dicha representación.

Queda, sin embargo, 8 C.F.R. sección 292.1 (a) (1), que permite que cualquier abogado con licencia de un estado en los Estados Unidos practique la ley de inmigración. El lenguaje implica que, siempre que un abogado con licencia de los Estados Unidos restrinja su práctica solo a la ley federal de inmigración, su práctica está permitida en cualquier estado de Estados Unidos y resistirá cualquier acusación de práctica no autorizada a nivel estatal de las normas legales.

En Sperry la agencia y ley federal tienen una regla que autorizaba a la Agencia Federal USPTO a establecer requisitos de licencia para abogados y agentes de patentes. Los requisitos incluyen un examen administrado por la misma Agencia Federal USPTO.

En contraste, la representación en casos de inmigración ante USCIS, ICE, CBP o la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) no requieren registro especial o ninguna licencia especial.

Tomando a Sperry como punto de partida, el Departamento de Justicia “promulgó regulaciones disciplinarias a nivel nacional que rigen el privilegio de comparecer como abogado o representante autorizado ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), ante los Tribunales de Inmigración y el [USCIS].” El esquema disciplinario nacional fue criticado desde diferentes puntos de vista.

Muchos comentaristas jurídicos argumentaron que el esquema disciplinario nacional unilateral de las agencias federales es inapropiado; los estados deben tener jurisdicción exclusiva sobre las reglas disciplinarias porque un esquema unilateral causaría confusión e incertidumbre con las reglas de los estados.

Además, los críticos se opusieron a un sistema de doble disciplina que castiga a los practicantes dos veces por la misma conducta.  Finalmente, se llamó una “intrusión innecesaria e inadmisible” en el proceso de licencia de la ley estatal; “Impedir que un abogado practique antes de que sea desconocido por una agencia federal”.

El Colegio Nacional de Abogados- ABA accedió y sugirió que en casos de inmigración,  EOIR y USCIS establezcan un sistema donde para todos los abogados la mala conducta se informa a la autoridad disciplinaria del estado donde se practica, que luego el estado notificaría a las agencias federales sobre los abogados sancionados.

Sin embargo, este esquema disciplinario nacional involucra solo a USCIS y EOIR, excluyendo otras agencias federales y estatales involucradas en la práctica de la ley de inmigración.

La inmigración no es solo la práctica de la ley federal. Sin embargo, muchos estados prohíben la práctica de la ley federal de inmigración por parte de abogados con licencia fuera del estado por la razón declarada de protección de intereses públicos, profesionalismo creciente y castigar a los infractores.

Las reglas disciplinarias de un estado solo se vinculan con licencia estatales para abogados, por lo que un abogado con licencia fuera de ese estado no estaría obligado por esas reglas.

El problema de la equidad surge, ya que las reglas no son lo mismo para todos los abogados que ejercen en ese estado.

Los abogados con licencia estatal están sujetos a estándares más altos establecidos por la barra estatal mientras que los estándares federales correspondientes a la agencias son muy bajos o prácticamente inexistentes.

Además, los estados no pueden guardar silencio cuando la práctica de un abogado con licencia de otro estado o territorio involucra la ley estatal también. Claramente, la ley de inmigración no puede llamarse ley federal “pura” mientras las preguntas de práctica involucren una amplia gama de leyes estatales, como es divorcios, paternidad, etc.

En 2002, un Abogado con licencia de Nueva York que había establecido una firma ley de inmigración para la práctica en Houston fue demandada por el Comité de Práctica Jurídica No Autorizada del Colegio de Abogados de Texas.

El Comité alegó que la abogada, la Sra. Senanayake, violó las reglas de Texas  de Práctica no autorizada del Estatuto Jurídico practicando derecho en Texas sin licencia.

El Comité estaba preocupado por el efecto de los derechos penales y familiares de Texas envueltos en los casos de inmigración de los clientes de la Sra. Senanayake.

Además, el Comité planteó la cuestión de que la Sra. Senanayake no podía ser controlada ni por el colegio de abogados de Texas ni por las agencias federales.

El caso finalmente fue abandonado por el Comité Disciplinario de Texas. El tribunal determinó que el anuncio propuesto por el abogado se refería tanto a actividades ilegales como a engaños. Que no existía una ley, regla o regulación estatal o federal que permitiera a los abogados sin licencia participar en tareas administrativas federales generales.

Otro tribunal en Florida encontró que un abogado con licencia de Nueva York cometió una práctica legal no autorizada por anunciar su disponibilidad como abogado en las guías telefónicas, periódicos y televisión de Miami con la implicación de que estaba autorizado para practicar las leyes de Florida.

El tribunal sostuvo que el acusado tenía y a sabiendas creó la impresión de que estaba autorizado a practicar en Florida solo porque los anuncios no indicaban la membresía del acusado en el bar de Nueva York o su área de práctica limitada de la ley de inmigración. Por lo tanto, el abogado cometió una práctica legal no autorizada.

Claramente, como se describe en Sperry, los estados todavía tienen un interés sustancial en regular la práctica de la ley dentro de las fronteras estatales.

En ausencia de legislación federal, los estados podrían prohibir válidamente que los abogados sin licencia estatal se involucren en asuntos administrativos federales como es practicar la ley de inmigración. Pero la corte suprema mantiene vigente el precedente Sperry bajo la Cláusula de la Supremacía Federal.

Colegas abogada/os extranjeros- una vez certificados por la corte suprema y barra de abogados Estatal en calidad de abogado consultor del derecho extranjero [F.L.C.] para poder ejercer el derecho migratorio libremente e independientemente [no por medio de una firma de abogados] PRIMERO tienes que registrarte y pedir reconocimiento y certificación- Seguido está el procedimiento a seguir:

Abogados y Representantes Totalmente Acreditados.

Proceso de registro:

A partir de marzo de 2022.

Para ejercer ante un tribunal de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), abogados

y los representantes totalmente acreditados primero deben registrarse en línea con la Oficina Ejecutiva para

Revisión de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia Federal. Después de enviar la información requerida en línea, como prueba de admisión certificados por la corte suprema y barra de abogados Estatal en calidad de abogado consultor del derecho extranjero [F.L.C.] TODO la/os abogados y

los representantes deben completar el proceso de validación de identidad presentando una identificación con su foto dentro de los 90 días calendario posteriores al registro en línea.

El registro es solo para personas físicas y no para bufetes de abogados.

En este momento 2022 , los representantes con parcial acreditación, estudiantes de derecho, licenciados en derecho, personas de renombre o abogados extranjeros acreditados o los funcionarios del gobierno no tienen que registrarse y la admisión es discrecional. VER DETALLES Y PROCESO ENTRANDO POR ESTE ENLACE- HAZ CLIC AQUÍ: https://www.justice.gov/eoir/page/file/1132791/download

CONCLUSIÓN.

Cualquier intento de practicar la ley sin admisión a cualquier barra del estado puede considerarse como una práctica no autorizada de la ley. A primera vista, la práctica de la ley federal de inmigración se considera un posible puerto seguro, una practica segura para un abogado fuera del estado o territorio.

La complejidad de la ley federal de inmigración y su impacto en las leyes estatales, sin embargo, ofrece a los bares estatales una amplia gama de opciones para presentar quejas contra abogados no autorizados en el estado en base a una práctica legal no autorizada.

Cualquier abogado, antes de establecer una práctica en un estado en el que no tiene licencia, debe familiarizarse con la admisión y las normas de ese colegio de abogados para la práctica no autorizada de la ley. Se deben preservar los más altos estándares de la profesión jurídica. Esto solo es posible bajo la estricta supervisión de las autoridades reguladoras.

Un abogado cuya práctica no está regulada no es mejor que un notario. Se establecen reglas para la profesión legal no solo para establecer estándares mínimos de conducta, sino también para proteger a los clientes, quienes pueden convertirse en víctimas de practicantes no autorizados.

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Este artículo se ofrece de forma gratuita y de acceso abierto mediante las revisiones y publicaciones legales de “William Mitchell Law Review” administrador autorizado de ‘Mitchell Hamline Open Access’ © ‘Mitchell Hamline Facultad de Derecho’ https://open.mitchellhamline.edu/wmlr/?utm_source=open.mitchellhamline.edu%2Fwmlr%2Fvol35%2Fiss1%2F5&utm_medium=PDF&utm_campaign=PDFCoverPages


ABOGADA/OS EN GENERAL- TU FIRMA o Inversión en la nueva firma Estado de Utah. Visa L-1a – Transferencia de Empleados Ejecutivos.

Colegas como Ustedes pueden leer aquí seguido y entrando por el primer enlace- la Corte Suprema de Utah ha adoptado la regla que permite la propiedad de bufetes de abogados a personas que no son abogados de Utah, esto incluye abogados extranjeros.

Puedes invertir para ejercer como abogada/o también para ejercer como Paralegal proveedor de servicios legales de acuerdo con esta nueva regla de la Corte Suprema de Utah.

Esta reforma del día 14 de agosto la Corte Suprema de Utah aprobó por unanimidad una serie de reformas que permiten la propiedad o inversión a los no abogados de Utah en bufetes de abogados y, además permiten que los proveedores de servicios legales prueben nuevas formas de servicios para atender a los clientes durante un período piloto de dos años.

El tribunal dijo que las medidas adoptadas el miércoles, incluido los cambios relacionados con las reglas de ética, “representan quizás el esfuerzo más prometedor de los tribunales para abordar la crisis [falta] de acceso a la justicia en los últimos cien años en Utah”.: https://www.abajournal.com/web/article/utah-embraces-nonlawyer-ownership-of-law-firms-as-part-of-broad-reforms?utm_source=maestro&utm_medium=email&utm_campaign=weekly_email

“Lo que ha quedado claro durante este tiempo es que un cambio real en el acceso de los habitantes de Utah a los servicios legales requiere el reconocimiento de que nunca nos ofreceremos como voluntarios para cruzar la brecha del acceso a la justicia y que lo que se necesita es una reforma de gran alcance basada en el mercado sobre la apertura del mercado legal a nuevos proveedores, modelos de negocios y opciones de servicio ”, escribió el tribunal en una orden permanente que detalla muchas de las reformas”.

Por otro lado, esto permitirá con más facilidad a los abogados extranjeros quienes deseen ejercer la abogacía en Utah puedan tomar el curso y examen MPRE del Estado Utah requerido para todos los abogados extranjeros ser admitidos a ejercer.

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En Florida [u otro Estado], Usted hasta que la Corte Suprema y el Bar de Florida no la certifique como abogada/o bajo las Reglas de Admisión 16 – 17, Ustedes NO puede tener una firma de abogados para prestar servicios al publico, y tampoco pueden ser socios en una firma de abogados establecida. Una vez está certificada por la Corte Suprema y el Bar de Florida no la certifique como abogada bajo las Reglas de Admisión 16 – 17, entones SI es un requisito que Usted tenga su propias firma de abogados, o se asocia con una, o se emplea con una, para prestar servicios legales.

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ARIZONA STATE:

https://www.azcourts.gov/Rules-Forum/aft/145

CALIFORNIA STATE:  https://www.courts.ca.gov/cms/rules/index.cfm?title=nine&linkid=rule9_44

COLORADO STATE:   https://www.courts.state.co.us/userfiles/file/Court_Probation/Supreme_Court/Rule_Changes/2014/2014(09)%20clean.PDF

IDAHO STATE:

https://casetext.com/rule/idaho-court-rules/idaho-bar-commission-rules/section-ii-admissions/rule-207-foreign-legal-consultants

NEW MEXICO STATE: https://supremecourt.nmcourts.gov/foreign-legal-consultants.aspx

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Además, al pagar a los no abogados como accionistas, las empresas no están atadas a una estructura costosa de sueldos y bonificaciones. En cambio, las empresas pueden recompensar a los empleados a través de las ganancias, tal como están, lo que significa que un costo previamente fijo puede fluctuar con el mercado.

4- Nuevas posibilidades de negocio. La derogación o modificación de la regla proporcionará incentivos para que los empresarios no legales ingresen por completo al mercado legal. Muchos ven la oportunidad de crear programas de alcance más exitosos con profesionales aliados que pueden resolver problemas más allá de los problemas legales inmediatos de un cliente.

Un ejemplo: una pequeña empresa asociada con un sistema hospitalario podría instalar una cabina o una oficina satélite en el vestíbulo para ayudar a los pacientes y sus familias con el espectro completo de cuestiones relacionadas con la ley de atención médica (poder, HIPPA, seguros, poderes, testamentos, negligencia y derecho de la tercera edad, por nombrar algunas especialidades). La clasificación legal podría realizarse en el lugar y por personas que no sean abogados.

5- Elevando la reputación de la profesión. Los abogados deben ser vistos como confidentes y defensores de confianza que entienden a sus clientes, en lugar de como oportunistas que se apropian de honorarios. Los cambios que permiten a los abogados llegar a más personas y ampliar el acceso a los servicios legales pueden ayudar a la percepción pública. La profesión tiene el deber de agrandar el pastel al reducir los costos y también atender las necesidades más amplias de la sociedad.

6- Reciprocidad entre Estados para la práctica del derecho. Usted una vez admitida para ejercer en Florida, entonces puede pedir admisión para ejercer en Utah y otros 32 Estados los cuales tiene esta regla de admisión por reciprocidad. Muchos estados abren la práctica de la abogacía a los solicitantes de otros estados que ya han sido admitidos en el colegio de abogados de otro estado. Si bien cada estado establece sus propios criterios de admisión, los acuerdos recíprocos entre estados son comunes.

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La visa L-1 facilita la transferencia de ejecutivos, gerentes o trabajadores con conocimientos especializados para venir a Estados Unidos para trabajar en su propia oficina de la misma empresa, subsidiaria, sucursal, afiliada, registrando una sucursal de matriz en EE.UU. La visa L-1 se conoce como visa para trabajadores y ejecutivos en transferencia interna de empresa a empresa sucursal.

El trabajador L-1 puede ser propietario y/o empleado ejecutivo y haber estado empleado por un periodo mínimo de por lo menos un año [1] en la compañía extranjera.

Este funcionario debe rendir sus servicios en capacidad ejecutiva o gerencial en EE.UU. Los solicitantes de visado y miembros familiares directos deben ser admisibles a los Estados Unidos.

Beneficios de los titulares de visa L-1:

No requiere invertir una gran suma de dinero- menos de 60 mil dólares entre tangibles e intangibles.

Puede vivir en Estados Unidos y trabajar legalmente

Puede ser acompañado por su cónyuge e hijos menores de 21 años.

Sus hijos pueden asistir al colegio y su cónyuge puede solicitar una autorización de empleo y trabajar libremente.

Esta empresa puede ser existente o nueva registrada en Estados Unidos.

Durante su estadía L-1, puede viajar fuera de los Estados Unidos y luego reingresar al país libremente.

Debe proporcionar evidencia de su conocimiento profesional especializado con su compañía u organización.

Demostrar extractos bancarios del país de origen indicando sus depósitos, una descripción detallada de su cargo ejecutivo en el extranjero, cartas de respaldo y soportes que demuestren más de un año de estar ejerciendo en su empresa en el extranjero. Solo empresas multinacionales o con presencia en el extranjero pueden solicitar la visa L-1.

Periodo de Estadía.

A los empleados cualificados y ejecutivos que ingresen a Estados Unidos para establecer una nueva oficina se les permitirá una estadía inicial máxima de un año- las solicitudes de extensión de la estadía pueden otorgarse en incrementos de hasta dos años adicionales, hasta que el empleado- ejecutivo haya alcanzado el límite máximo de siete años.

A todos los demás empleados cualificados se les permitirá una estadía inicial máxima de tres años. Para todos los empleados L-1A, las solicitudes de extensión de la estadía pueden otorgarse en incrementos de hasta dos años adicionales, hasta que el empleado haya alcanzado el límite máximo de siete años.

Familia de Trabajadores con Visa L-1.

Los empleados transferidos a las oficinas en los Estados Unidos pueden ser admitidos acompañados o seguidos por su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad. Estos familiares pueden solicitar la admisión en la clasificación L-2, y de ser aprobada, se le otorgará por la misma cantidad de tiempo de estadía que el empleado con L-1.

El nuevo protocolo del gobierno del Presidente Trump limita las opciones para conseguir visas para entrar a Estados Unidos y afectará a quienes pidan la residencia permanente (“green card – tarjeta verde”) si han usado fondos públicos durante 12 meses en los últimos 36 meses serán los afectados.

Hija/os pueden asistir al colegio, escuelas públicas y esto NO es carga pública. Cónyuge puede solicitar una autorización de empleo y trabajar libremente y recibir beneficios del seguro privado y seguro social y esto NO es carga pública por lo tanto NO afecta de ninguna forma.

INFORMACION OFICIAL USCIS- HAZ CLIC AQUÍ: https://www.uscis.gov/es/trabajar-en-los-estados-unidos/trabajadores-temporales/l-1a-transferencia-de-ejecutivos-o-gerentes-dentro-de-una-misma-empresa

I.N.M.A., Instituto Nacional para Mujeres Abogadas, (http://www.nafalaw.com/inma/espanol-inma.html) en conjunto con la NAFA, Asociación Nacional para Abogados Extranjeros (www.nafalaw.com ) están invitando a toda/os nuestras colegas, damas abogadas, caballeros abogados y, profesionales en general, para que ahora, registren su afiliación GRATIS con las prestigiosas INMA y NAFA.

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